La empresa, el profesional que quiere cobrar por lo que ha vendido y que no lo ha hecho en tiempo y forma, debe armarse de paciencia y documentos para cobrar lo que siente que es suyo, y que le supone una sangría económica inmediata.
El deudor, sólo con declarar no admitir esa deuda, le genera el “problemón” al acreedor, pues le corresponde la carga de la prueba. Básicamente, el acreedor debe demostrar los siguientes hechos:
- Que ha existido una operación comercial legítima por encargo del deudor y que ha aceptado la oferta del proveedor.
- Que la operación ha sido realizada según la orden de compra y le ha dado plena satisfacción al deudor.
- Que se ha generado una deuda pecuniaria, cierta, determinada, vencida, exigible y líquida. Muy bonita como para no cobrar.
¿Estamos preparados para cobrar además de vender?
¿Tenemos la correcta documentación que permita acreditar la deuda?
¿ No falta nada?
Esto es necesario, tanto para plantear un pleito,como para negociar extrajudicialmente.
Repasemos los documentos -¿papeles?- y pongámonos por la labor:
- Uno que demuestre la oferta del vendedor.
- Otro, que acredite la aceptación de la oferta facilitada (conformidad del cliente, orden de compra, pedido, presupuesto firmado).
- Otro más, que pruebe la entrega o prestación por parte del proveedor -a satisfacción del cliente- del producto o servicio solicitados (albarán de entrega, parte de servicio, certificado de obra).
- Por último, el que determine el precio que debe pagar el cliente y el plazo: la tan trajinada factura.
Con la posesión de los tres últimos documentos señalados -un pedido, un albarán y una factura- (bien cumplimentados), el acreedor mantendrá totalmente blindado su derecho de cobro y el moroso no tendrá ninguna escapatoria legal para dejar de pagar…, pero tarde.
El problema viene cuando revisamos el expediente, y siempre falta algo o no está bien cumplimentado y, entonces, con todo nuestro dolor tenemos que rebajar nuestras pretensiones de cobrar con eficacia.
¿Qué hacemos para evitar esos errores y circuitos de gestión inadecuados?
¿Seguimos moviendo papeles y esperando firmas de “recibido”?
¿Se responsabilizan todos los empleados de que eso se cumpla?
Desgraciadamente para unos, y afortunadamente para el moroso, en muchas empresas estos documentos no son utilizados de la manera adecuada o no se les otorga la importancia que realmente tienen.
Existe una fórmula de gestión que solventa este problema desde su raíz.
Es la mas moderna y sencilla: utilizar siempre, desde el primer contacto con el cliente, las Comunicaciones Electrónicas Certificadas con validez legal plena.
Toda la documentación mencionada se puede y debe tramitar así, sin moverse del PC, sin intervención de más empleados y, a un coste RIDÍCULO (0,20 €).
Prevención y ahorro de costes.
Para más información, recomendamos consultar los libros: “Cobro de Impagados y negociación con deudores,” “Gestión del Crédito y Cobro” y “La nueva legislación contra la morosidad descodificada”, o la web www.perebrachfield.com.
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