Las Comunicaciones Electrónicas Certificadas (C.E.C.) de e-mail, sms y fax, facilitan al administrador de la comunidad de propietarios un gran beneficio económico y reducción de la carga de trabajo, debemos describir que son las C.E.C.
Hasta ahora, cuando las empresas y profesionales han precisado realizar una comunicación a un tercero y tener constancia del mensaje, así como de su recepción, utilizan el escrito en papel que se entrega a ese tercero a través de un Notario o del servicio de Correos, con la modalidad de telegrama, carta certificada o burofax. No se nos escapa que, cualquiera de estos caminos, tiene un coste económico considerable, por lo que sólo lo utilizamos cuando es una obligación legal o tenemos mucho dinero en juego para arriesgarnos a un rechazo.
La dura realidad en tiempos de crisis, es que deberíamos de tramitar casi todo, de modo certificado, para que no se planteara la duda del mensaje, documento, texto y su recepción.
Es un hecho que nuestras comunicaciones son casi al 100% electrónicas, la utilización del e-mail, mensajes sms y, ya menos, el fax, está implantado entre los administradores de fincas.
¿Se pueden integrar la tranquilidad del certificado y la comodidad del e-mail y sms?
La respuesta es SÍ, y ¡ya!, sin cambios operativos de la empresa, en minutos lo tiene.
Con la máxima garantía legal, recogido en la Ley LSSICE (recordemos que la Agencia Estatal Tributaria y la Dirección General de Trafico ya nos lo han impuesto).
¿Qué suponen 20 céntimos de €?
Nuestra tranquilidad y gran ahorro o beneficio.
Cuantas más comunicaciones electrónicas certificadas, más económicas son, casi residuales en coste.
Mejoramos en pocos minutos la gestión de nuestra empresa.Hasta ahora, cuando las empresas y profesionales han precisado realizar una comunicación a un tercero y tener constancia del mensaje, así como de su recepción, utilizan el escrito en papel que se entrega a ese tercero a través de un Notario o del servicio de Correos, con la modalidad de telegrama, carta certificada o burofax. No se nos escapa que, cualquiera de estos caminos, tiene un coste económico considerable, por lo que sólo lo utilizamos cuando es una obligación legal o tenemos mucho dinero en juego para arriesgarnos a un rechazo.
La dura realidad en tiempos de crisis, es que deberíamos de tramitar casi todo, de modo certificado, para que no se planteara la duda del mensaje, documento, texto y su recepción.
Es un hecho que nuestras comunicaciones son casi al 100% electrónicas, la utilización del e-mail, mensajes sms y, ya menos, el fax, está implantado entre los administradores de fincas.
¿Se pueden integrar la tranquilidad del certificado y la comodidad del e-mail y sms?
La respuesta es SÍ, y ¡ya!, sin cambios operativos de la empresa, en minutos lo tiene.
Con la máxima garantía legal, recogido en la Ley LSSICE (recordemos que la Agencia Estatal Tributaria y la Dirección General de Trafico ya nos lo han impuesto).
¿Qué suponen 20 céntimos de €?
Nuestra tranquilidad y gran ahorro o beneficio.
Cuantas más comunicaciones electrónicas certificadas, más económicas son, casi residuales en coste.
Podríamos enviar el acta de junta de propietarios, solicitar un presupuesto, adelantar un orden del día,reclamar un recibo devuelto, tramitar una reclamación, avisar a un moroso, etc.etc. Y siempre, en todos los casos, tendremos la certeza a través de una certificación disponible durante 5 años, que el e-mail, sms, o fax: se entregó a quien se debía, a una hora determinada y cuando se leyó.
El administrador de fincas que incorpora las C.E.C. dentro de su gestión documental, no sólo está modernizándose e innovando, sino que además aminora los costes de las comunidades administradas y las fideliza.
Además de estas importantes razones, utilizando las C.E.C. puede tener un ingreso adicional prestando el mismo servicio, y nosotros queremos orientarle sobre cómo hacerlo.
Ante esta información, día que pase sin implantar en su organización MAILCERTIFICADO, día que su dinero es malgastado en otros medios y con riesgos que no debería asumir.
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